La condenable agresión de la que fueron víctimas el pasado fin de semana un padre y su hijo en un bar o antro, por parte de “guardias de seguridad” no debió pasar; pero ahora que sucedió, el hecho no debe quedar impune y este es el momento para que las autoridades, particularmente las municipales, se pongan las pilas y comiencen a aplicar las leyes que ya existen pero que pasan por alto por desconocimiento o por conveniencia.
En julio del año pasado fueron publicadas en el Periódico Oficial del Estado de Puebla, una serie de reformas que aprobaron las y los diputados de la LXI Legislatura y que van dirigidas justamente a evitar que la seguridad de esos negocios, siga recayendo en sujetos mejor conocidos como “cadeneros”, que carecen de una formación profesional en la materia y que lejos de garantizar protección, orden y seguridad; solo agreden, intimidan y golpean a los clientes.
No es la primera ocasión que son ventiladas las salvajes agresiones de los trajeados gorilas de seguridad en contra de los clientes. Independientemente de cual haya sido la situación, los “guardias” en ningún momento están autorizados para arremeter contra los parroquianos y menos echarle montón a un individuo y posteriormente gozar de impunidad, aunque hayan dejado inconsciente a su víctima.
El martes 16 de julio de 2024 fue publicado el decreto por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas del Estado de Puebla; de la Ley de Seguridad Privada de Puebla y del Código Penal del Estado y justo en esas adiciones, los munícipes de toda la entidad deberían poner atención en el conjunto legislativo y particularmente en los artículos 11 y 14.
Para evitar la fatiga a los ediles y sus respectivos encargados de revisar la operación de los bares, antros, centros nocturnos o como se les llame, aquí están los citados apartados.
Artículo 11: La seguridad de los establecimientos estará a cargo de elementos contratados por prestadores de servicios de seguridad privada con autorización vigente dentro del Estado de Puebla, en términos de la Ley de Seguridad Privada del Estado Libre y Soberano de Puebla y su Reglamento.
Asimismo, los establecimientos deberán contar con circuito cerrado de televisión, con cámaras instaladas en el interior y exterior del lugar evitando al máximo la existencia de puntos ciegos; el respaldo de la grabación de dicho sistema tendrá una vigencia mínima de 30 días naturales.
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Artículo 14 fracción XII. Para el caso de los establecimientos a que se refieren los artículos 11 y 14 de esta Ley, exhibir contrato original de prestación de servicios de seguridad privada, en el cual, la prestadora con la que se celebre el contrato, cuente con autorización vigente en el Estado de Puebla, así como con la validación del registro del servicio emitido
por la Dirección General de Seguridad Privada del Estado de Puebla, en términos de la Ley de Seguridad Privada del Estado Libre y Soberano de Puebla.
Es obligación de la persona titular de las licencias o permisos provisionales, el corroborar que la prestadora de servicio con la cual se pretenda celebrar el contrato de prestación de servicio de seguridad privada, cuente con autorización vigente para brindarlo dentro del Estado de Puebla, a fin de no incurrir en responsabilidades previstas en la Ley de Seguridad Privada del Estado Libre y Soberano de Puebla.
Así de clara y sencilla es la ley, sin embargo, tristemente parece ser letra muerta.
Seria bueno que este lamentable hecho dé paso a que los alcaldes y otros niveles de gobierno verifiquen esos negocios y hagan cumplir las citadas leyes con el objetivo de evitar futuras agresiones a los consumidores de los centros nocturnos.
Si no saben qué hacer, la ley dice que: “El incumplimiento de esta disposición tendrá como consecuencia la revocación o cancelación de las licencias o permisos provisionales respectivos, para lo cual, la autoridad competente notificará al Ayuntamiento la conducta cometida, para que éste realice las acciones conducentes”
Luego de que se iniciaron los operativos de inspección a esos negocios en donde incluso fueron encontradas drogas, convendría que también revisen el cumplimiento de los artículos ya mencionados y quienes pasen por alto la ley, sean objeto de sanciones y los involucrados como los dueños de esos comercios, respondan antes situaciones como la registrada el fin de semana en Puebla, pero que puede pasar en cualquier municipio.
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